Incentivos  legales

Artículo 6. Declárense exentos del pago de Impuestos de Importación y demás tasas, la introducción al país de maquinaria y equipos agrícolas, forestales, industriales, rodantes, materiales, herramientas, agroquímicos, equipo de investigación forestal, semillas, estacas y plantas forestales y demás elementos necesarios para el uso exclusivo de las actividades de reforestación, manejo y/o aprovechamiento de plantaciones forestales. El Ministerio de Economía y Finanzas (anteriormente conocido como el Ministerio de Hacienda y Tesoro) deberá dictar la reglamentación respectiva.

Beneficios de la Inversión.

“Extranjero que a título personal haya invertido la suma mínima de B/.80,000.00 en actividades de reforestación o plantación forestal autorizadas por la ANAM, con un mínimo de cinco (5) hectáreas de inversión. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local” 

“Para mayor información  sobre los requisitos para obtener estos beneficios descargue los documentos en pdf muchas gracias.”

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Ley de Migración

Puede solicitar su residencia como inversionista para usted y su familia, según la Ley 24, de 23 de noviembre de 1992. 

La Ley de visas para el inversionista en reforestación establece lo siguiente: “Los extranjeros que invierten en su propia cuenta o a través de cualquier entidad legal en actividades de reforestación o plantación forestal autorizada, o cualquier otra actividad autorizada por la Autoridad Nacional del Medio Ambiente, de menos de 5 hectáreas y con una La inversión mínima de Ochenta mil dólares estadounidenses (US $ 80,000) puede solicitar esta Visa “. Este programa de Reforestación de Visa le ofrece la posibilidad de optar por la residencia permanente para usted, su cónyuge e hijos.